Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante y "PARCIALMENTE CON LUGAR" la apelación ejercida por la parte demandada, ambos contra la decisión de fecha 01 de Diciembre de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se modifica el fallo recurrido en forma parcial y, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE CONCEPTOS LABORALES derivados de la relación de trabajo, incoada por el ciudadano JOSÉ HONORIO ESQUEA DURAN contra la empresa TRANSPORTE MINASOLA C.A,, ambos plenamente identificados a los autos. AS.....