Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso Ordinario de Apelación, ejercido por el apoderada judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 29 de Enero de 2010, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la recurrida sentencia en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se ordena reponer la causa al estado de fijar nueva oportunidad para celebrar la audiencia de juicio, en los términos indicados en la parte motivacional del presente fallo. ASI SE DECIDE.
TERCERO: De conformidad con lo estipulado en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, n.....