DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN LA PRESENTE SOLICITUD de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por el ciudadano AÑEZ FORNERINO ROBERTO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad número 13.988.433; domiciliado en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, asistido del abogado VARGAS ANGEL ROBERTO, Inpreabogado número 118.368.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE ACUERDA IGUALMENTE LA DEVOLUCIÓN DE LOS ORIGINALES que se encuentran en el presente expediente, dejándose copia certificada en su lugar, una vez la parte interesada provea de los emolumentos necesarios para la misma.