PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSION EN FLAGRANCIA del ciudadano WUILMER JAVIER BALLEN BRICEÑO, por cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, por los hechos ocurridos en fecha 20-05-2007, en el Sector La Inmaculada, calle 03, casa E-11, de color crema, Tucaní, Municipio Caraciolo Parra y Olmedo, Estado Mérida, cuando fue aprehendido el imputado de autos por funcionarios policiales adscritos a la sede policial N°4, con sede en Tucani, los elementos de convicción que sirven de fundamento para la presente decisión son los siguientes: 1.- Acta de Denuncia de fecha diecinueve (19) de mayo de dos mil siete (2007), suscrita por la ciudadana MELISSA MARIELIS HERNÁNDEZ ZAMBRANO, quien expuso: En la noche del día 19-05-2007, aproximadamente a las 10:30 horas de la noche, .....