este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana, MIRIAN CRISTINA DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº 10.371.230 en representación y beneficio de la niña: Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en contra del ciudadano; FRANCISCO JAVIER JUÁREZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 7.509.552 y considera fijar el monto de la Obligación Alimentaría a partir del 30 de mayo del presente año la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES ( BS. 80.000,00) MENSUALES, adicionalmente por concepto de útiles escolares en el mes de septiembre de cada año, considera fijar una cuota extra de OCHENTA MIL BOLIVARES ( BS. 80.000,00) y considera fijar para e.....