Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 49.4 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en armonía con lo dispuesto en el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal adminiculado con lo establecido en el articulo 86 numeral 7 ibidem, el Juez se inhibo de conocer la presente causa seguida contra el imputado JOHAN ALFREDO MARQUEZ RIOS.