PRIMERO: Este Juzgado de Alzada, declara SU COMPETENCIA para conocer, sustanciar, tramitar y decidir el presente recurso de apelación. Así se Establece.-
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, el (Recurso de Apelación) ejercido por el profesional del Derecho, CARLOS RIVAS Campos, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: V- 12.547.884, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado: 80.456, en su calidad de demandado y recoveniente, actuando en nombre propio y representación Judicial; EN CONTRA de la sentencia interlocutoria emanado del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, en fecha veintinueve (29) de Febrero del 2.024, en virtud que el acto juridico no tiene validez alguna debido a la inexistencia de la falta de rubrica por parte del demandante, causando esto una nulidad absoluta de las actuaciones subsiguientes por cuanto los actos procesales sucesivos carecen de validez juridica. .-.....