En nuestra legislación, al Estado y a la sociedad les interesa que se alcance el grado mas alto de justicia, por tanto, es necesario garantizar que los pronunciamientos judiciales sean resueltos en un proceso sin errores y con las debidas garantías. Por tanto, la visión procesal actual ha superado el concepto del Juez neutro o espectador, en este sentido y en relación con las nulidades el Juez no sólo tiene la autoridad de declararlas sino también de prevenirlas, tal como lo establece el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil. Conforme con la norma citada y según lo ha sostenido la doctrina y jurisprudencia, el Juez debe depurar el proceso de irregularidades, de errores y de vicios, pues este debe transcurrir de manera transparente.
Así, en el caso que aquí nos ocupa, en el presente procedimiento, hubo un trastrocamiento que vulnera el equilibrio del proceso al dictarse la referida providencia sin el pronunciamiento a lo solicitado por los expertos. En consecuencia, e.....