administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada GILDA ROSA ARVELÁEZ GÁMEZ, en su carácter de Juez Superior Provisorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto UK01-X-2007-000099, recusación intentada por el abogado MIGUEL OCTAVIO HERNÁNDEZ, contra el Juez de Juicio N° 1.