"...Este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185, interpuesta por los ciudadanos Edithmary Coromoto Sánchez Ohep y Luis Horacio Pardi Villegas, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante Registro Civil de la Parroquia Lasso de la Vega, municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, fecha 21 de agosto de 2004, según acta nº 30. Publíquese, regístrese, comuníquese y déjese copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal...".