En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de extinción de la obligación de manutención que tenía el demandado ciudadano HECTOR CECILIO ALEJOS ARIAS respecto de su hija HECDIMAR DANIELA ALEJOS ESPINOZA, por haber alcanzado la mayoridad.
SEGUNDO: Se extingue la obligación de mantención acordada por este Tribunal mediante sentencia definitiva de fecha veintidós (22) de septiembre del dos mil diez (2010), en beneficio de la ciudadana HECDIMAR DANIELA ALEJOS ESPINOZA.
TERCERO: Líbrese oficio a la Dirección del Cuerpo de Vigilancia de Transporte y Tránsito Terrestre del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito Terrestre. (División de Bienestar Social) a los fines de que deje sin efecto todas y cada una de las reten.....