PRIMERO: El penado MARCOS RAMON PACHECO, en fecha 07-06-1995, fue condenado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal y Salvaguarda del Patrimonio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ORDINAL 1ERO DEL Código Penal. Posteriormente en fecha 10/05/2005 fue condenado por admisión de los hechos por el tribunal de Control N° 6 a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COPARTICIPE, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera en concordancia con el articulo 83 del Código Penal. SEGUNDO: Consta en autos que el referido penado fue detenido en el asunto UL01-P-1999-000003 en fecha 16/07/1994, se le redime la pena el 13/03/2000 por un lapso de 2 meses y 5 días hasta el 20/06/2001 cuando evade del C.T.C. Dra. Lucreci.....