DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos anteriores, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTAS, requerida por el ciudadano REINALDO ARTURO DE LA SANTISIMA TRINIDAD PETROLA ROSAL, debidamente representado por la abogada: NATHALIA PIÑA SILVA, titular de la cédula de identidad NºV-17.495.473, de este domicilio, dejándose constancia que deben ser corregidas así:
1.- En el caso de la partida de nacimiento del ciudadano: BLAS SALVADOR PETROLA PUGLIESE, asentada por ante el Registro Principal del estado Yaracuy, bajo el Nº 626, folio 156 (vto) correspondiente al año 1914, debe ser corregida para que donde dice "... me fue presentado un niño varón por DOMINGO PETROLA diga en lo sucesivo "... me fue presentado un niño varón po.....