Revisadas las Actas Procesales que integran el presente asunto y visto el auto que riela al folio Cincuenta y cuatro (54) mediante el cual se fijo la celebración de la Audiencia Preliminar reprogramada para el día de hoy miércoles veinticinco (25) de febrero de 2009, a las nueve de la mañana (9:00 a.m), y por cuanto la ciudadana Juez del Despacho por ocupaciones preferentes se encuentra imposibilitada a presidir dicha acto, es por lo que este Tribunal acuerda REPROGRAMAR, la celebración de la presente audiencia para el día MARTES DIEZ (10) DE MARZO DE 2009, a las DOS DE LA TARDE (2:00 p.m), sin necesidad de notificación de las partes las cuales se encuentran a derecho, conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.