DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el acto procesal del desistimiento, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (ACCIDENTE DE TRANCITO), que sigue LUIS DAVID PULGAR JIMÉNEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo en N° 124.494, actuando en este acto como apoderado judicial del ciudadano MARLON JESÚS SAN JUAN MOLERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.440.494, contra la EMPRESA MERCANTIL ADRIÁTICA DE SEGUROS S.A., identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.- ASÍ SE RESUELVE.-.
No hay condenatoria en costas por tratarse de un desistimiento, de conformidad con lo establecido.....