Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,
DECLARA
Homologado el presente DESISTIMIENTO, presentado por ambas partes, actuando de conformidad con el artículo 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente.
En consecuencia se declara cerrado el presente expediente, y se ordena el archivo del mismo.