Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano JOSE GREGORIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.566.023, de este domicilio; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi, que mide una superficie de DOS MIL DOSCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS (2.212,74 Mts2), con un Área de Construcción de CINCUENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS (50,60 Mts2); Ubicado en La Carretera Nacional "Troncal 11" Chivacoa Nirgua, Entre Calle Principal y Segunda Entrada, Comunidad Cumaripa, del Municipio Bruzual del Estado Yar.....