Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el alegato de falta de cualidad e interés de la parte demandante para intentar la presente acción y falta de cualidad de la parte demandada para sostener el presente juicio, invocado por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demandada que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, intentó el ciudadano JHOBORD GUSTAVO ENRIQUE DÍAZ GUTIÉRREZ contra la sociedad mercantil PROVEEDURÍA TOTAL, S.A., plenamente identificados en este fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.