En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de la adolescente de autos, declara CON LUGAR la presente demanda por IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO, presentada por la ciudadana MARY CARMEN PORTELA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.916.221, residenciada en la calle 2, con carrera 4, casa N° 4-7, municipio Urachiche, estado Yaracuy, en su carácter de representante legal de la adolescente "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", asistida por la abogada YASNELA MARTINEZ LEAL, Defensora Pública Primera adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy, y con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolesc.....