este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Código Penal Vigente, en concordancia con el artículo 48 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, y consecuencialmente, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 322 ejusdem, a favor de ALEXANDER QUIROZ POLO, venezolano, soltero, de 29 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 23.205.272, nacido en fecha 07-06-1977, domiciliado en el Sector Onia, diagonal al cementerio de Onia de esta ciudad de El Vigía Estado Mérida. Se acuerda notificar a las partes del contenido de esta decisión. líbrense las respectivas boletas de notificación. ASI SE DECID.....