DECISION
Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA
PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de DIVORCIO basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por los ciudadanos MANUEL OSWALDO HURTADO MIRABAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°. V-4.395.755 y ANA VICTORIA LINAREZ PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.934.843 respectivamente.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ellos ante la Oficina Municipal del Registro Civil de la parroquia El socorro, Municipio Valencia del Estado Carabobo, según acta de Matrimonio Nº 11, tomo I, del Año 1.984.