este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, ordena entregar los originales con sus resultas a la parte interesada, tal como fue ordenado en el auto de admisión de fecha veinte (20) de abril de dos mil veintitrés (2023), cursante al folio diecisiete (17) de la causa