Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Conforme lo solicitado por el Defensor Público Especializado, tomando en consideración el Criterio de la Corte de Apelaciones de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida y con fundamento en los artículos 90, 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, artículo 108 ordinal 6º del Código Penal, en concordancia con los artículos 48 numeral 8 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados estos dos como norma supletoria, en virtud de lo dispuesto en el único aparte del artículo 537 de la mencionada Ley Especial, se declara la prescripción de la acción penal, en consecuencia, la extinción.....