PRIMERO: "SIN LUGAR" el recurso de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte querellada, contra la decisión de fecha 22 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara "CON LUGAR" la acción de amparo constitucional, por violación del derecho al trabajo y al pago del salario justo, ejercida por la ciudadana JUANA PAULA ORTEGA DE GALINDEZ, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas a los autos ASI SE DECIDE.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, se condena la antes identificada parte agraviante, ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO YARACUY, para que proceda a dar íntegro e inmediato cumplimiento a la orden contenida en la Providencia Administrativa N° 212/2009, .....