Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara,
PRIMERO: SE DEJA ESTABLECIDO QUE LA SENTENCIA DEFINITIVA SE DICTARÁ una vez conste en autos, la consignación y publicación de Edicto librado en fecha 24 de Octubre de 2022.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.