DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, para conocer de la Apelación interpuesta por la empresa demandante Corporación Big Pollo C. A. En el juicio que por Cobro de Bolívares por Intimación, le ha sido incoado al ciudadano RIGOBERTO ARCILA, en contra de la Sentencia de fecha 5/11/2001 del Juzgado Primero de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró Suspender la Medida Preventiva de Embargo en dicho juicio. En consecuencia, queda confirmada la sentencia apelada. En consecuencia, al encontrarse en etapa de apelación, queda con fuerza de cosa juzgada la decisión apelada.
No hay condenatoria en costas por tratarse de una declaratoria de perención, de conformidad con lo dispuesto en él artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.