Este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 311 del Código Orgánico Procesal Penal y 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, acuerda la entrega en calidad de depósito, del vehículo Toyota, placas LAF259, serial de carrocería FJ40911864, serial de motor 2F253161, modelo Land Cruiser, clase rústico, tipo techo duro, uso particular, año 1978, al ciudadano Ciro Antonio Marquina Ramírez, titular de la cédula de identidad N° 10.900.374, domiciliado en Canaguá, Municipio Arzobispo Chacón, estado Mérida, quien se comprometerá ante el Tribunal a no venderlo y a presentarlo ante la autoridad competente cada vez que le sea requerido hasta la culminación de la investigación o proceso.