DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, ésta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición presentada por la Abogada GLADYS TORRES, en su carácter de Jueza Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el Asunto signado UP01-O-2006-000015, de conformidad a lo establecido en el articulo 86 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.