este Juzgado de Control Cuarto del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la Presente Causa, seguida en contra del ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 9.318.560, residenciado en la calle 9, entre 19 y 20, Sector San José, Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, victima RAIZA ELENA BLANCO GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.244.947 residenciada en la carrera 30, entre 34 y 35 de la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehiculo Provenientes del Hurto o Robo, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos de conformidad con lo previsto en el numeral 4° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.