este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185, presentada por el ciudadano DANNY JOSÉ FIGUEROA BRACHO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-17.813.408., DECRETA la disolución del vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha en fecha siete (07) de diciembre de 2018, por ante la Comisión de Registro Civil de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 122, Folio 122, Tomo I, que corre inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por esa oficina para el año 2018.