este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 26 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 264 y 256.3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, Sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad por una medida menos gravosa al acusado de autos, LUIS ENRIQUE CASTILLO VALERO, suficientemente identificado en las actuaciones, como lo es la presentación periódica cada ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El vigía y la obligación de presentar ante el Tribunal constancia médica a los fines de ser agregada a las actuaciones, haciéndole saber que en caso de incumplimiento se procederá a la revocatoria de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Có.....