En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: Primero: Analizada la acusación del Ministerio Público se considera que la misma reúne los requisitos de ley para ser admitida por lo tanto, se admite la acusación en contra del ciudadano ROBINSON JOSÉ ARTEAGA RIVERO, por la presunta comisión del delito de Tráfico en de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 31 e su primer aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano. Segundo: El tribunal pasa a pronunciarse en cuanto a las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, las cuales se admiten la declaración de los expertos, declaración de los testigos y las .....