En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de la niña de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por el abogado ORIEL ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ, Fiscal Auxiliar Décimo Tercero encargado de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana "DATOS OMITIDOS", venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.277.651, residenciada en el Barrio San José, carrera 28, entre calles 8 y 9, casa S/n, Yaritagua, municipio Peña, estado Yaracuy, en beneficio de la niña "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON E.....