"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y al principio constitucional de tutela judicial efectiva, contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve: DECLARAR a la ciudadana Linda Vanessa Aguilar Lobo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.851.510, a la ciudadana María Virginia Aguilar Lobo, venezolana, mayor, titular de la cedula de identidad Nº V-24.196.454 y al ciudadano Edgardo José Aguilar Rivero, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.031.495 y civilmente hábiles; como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS AB-INTESTATO, de la causante Iris Maritza Lobo G.....