Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA, y consecuencialmente el DECRETO INTIMATORIO a favor de LUIS EMIRO ZERPA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.699.980, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.965, domiciliado en Tovar Estado Mérida y hábil, actuando como Apoderado Judicial de la Empresa ANDIPARTES COMPAÑÍA ANONIMA, INSCRITA EN EL Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 08 de Noviembre de 2002, anotada bajo el N° 88, Tomo 11-A, según se evidencia de poder que le fuera otorgado por ante la Notaria Pública Tercera de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 06 de Abril de 2004, inserto bajo el N° 75, Tomo 45 de los Libros de Autenticaciones llevados por .....