Con base en las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, por el abogado Jose Ángel Gonzalez Jiménez, Inpreabogado Nº 30.951, parte demandante contra el auto dictado por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy del 05 de agosto de 2015.
En consecuencia QUEDA FIRME EL DICTAMEN DE FECHA 3/8/2015, que ordena la entrega inmediata del local arrendado y objeto del presente juicio.