Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos JOSE DAVID ANGULO HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 14.607.192 y YOSMEIRY DEL VALLE PERALTA OBISPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-22.311.993. EN BASE A LA SENTENCIA N° 1070, DE FECHA: 09/12/2016, dictada por la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el cual fue contraído en fecha 20/10/2017 según acta de matrimonio signada con el Nº 63, de fecha 20/10/2017, expedido por el Registro Civil del Municipio Nirgua, parroquia Salón del estado Yaracu