En mérito de las presentes actuaciones en esta causa y con base a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente solicitud de Adopción y en consecuencia se DECRETA LA ADOPCIÓN NACIONAL, INDIVIDUAL Y PLENA de la niña "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", nacida en fecha 24 de febrero de 2011, hija biológica de los ciudadanos JAIRZINHO JOSE CASTILLO CAMACHO y CATHERINE ROSELIS GIMENEZ ARTEAGA, por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, y en lo adelante se llamará "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", por lo que se le confiere la condición de hija de la ciudadana PEGGY ANN HERNANDEZ BETANCOURT, y mantendrá su filiación paterna,.....