Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos ZAMBRANO SÁNCHEZ JOSÉ LUÍS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, divorciado, domiciliado en la calle 7, casa N° 6141, municipio Cocorote, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad N° 1.351.620, y VALERA TROMPETERO ELEAZAR ANTONIO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, domiciliado en el sector Cocorotico, barrio José Gregorio Hernández, calle 5, final N° 26, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 18.053.091, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo est.....