este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos YELITZA YULEINY BRACHO SALAS, MARLYS YORAIMA BRACHO SALAS, MARITZABETH BRACHO SALAS, RAFAEL ALBERTO BRACHO GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.992.732; V-16.593.142; V-17.612.962; V-16.481.528, Todos hijos del ciudadano RAFAEL SIMON BRACHO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.915.712.