Por tanto, esta Juzgadora considera que en el presente procedimiento se cumplieron todos y cada uno de los trámites procesales requeridos por el Legislador para su procedencia. Así se establece.
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos CASTILLO de ZERPA ELSA NORHA y ZERPA TOVAR ELIO JOSE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 11.278.391 y 7.914.853 respectivamente, domiciliados la primera en la urbanización Los Sauces, calle 6, D-21, municipio Independencia, estado Yaracuy, y el segundo en el callejón La Mosca, quinta El Chaparral, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistidos de los aboga.....