este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA RECONOCIDO en su contenido y firma el documento privado acompañado a la solicitud, cursante a los folio ocho (08), de conformidad con las disposiciones del Artículo 631 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 1.364 del Código Civil,