Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACION AL ACUERDO TRANSACCIONAL, alcanzado por las partes de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión del Art.11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, del articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y de los artículos 10 y 11 de su Reglamento, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
QUINTO: Se da por terminado el presente proceso y se ordena la remisión del expediente a su Tribunal de origen a los fines de que siga su curso de Ley una vez firme la presente sentencia.