PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente contra la sentencia de fecha 25 de febrero de 2025, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy en el asunto Nº UH11-L-2024-000025. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE REVOCA, la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes; en consecuencia se insta al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy a cumplir con la normativa legal vigente y con lo establecido en la sentencia de la Sala de Casación Social (caso: RICARDO ALI PINTO GIL contra la empresa COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A antes PANANCO DE VENEZUELA S.A) de fecha 15 de octubre de 2004, a los fines de continuar con el íter procesal correspondiente. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en la presente apelación por la nat.....