Se le da entrada y el curso legal correspondiente, en fecha 26 de Marzo de 2015, realizándose las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro de Solicitudes, bajo el Nº 0156-15. Asimismo, se le solicitó a la peticionaria dentro de un lapso perentorio de Tres (03) días de despacho, que subsanara lo referente a los espacios en blanco dejados en su escrito de solicitud y que consignara la respectiva constancia de ocupación de terreno, expedida por el Consejo Comunal del terreno en el cual se encuentran enclavadas las bienhechurías sobre las cuales pretende obtener Titulo Supletorio. Este Tribunal insta a la parte interesada a consignar esta información a los fines de darle la tramitación correspondiente; ya que es necesario para tener en dicha solicitud el documento solicitado y la corrección hecha en la misma. Habiendo transcurrido dos meses (02) y un (01) días de despacho y vencido ya el lapso otorgado a la solicitante y no habiendo comparecido por ante este Juzgado a los fines de .....