Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 21 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se ordena reponer la causa al estado de dictar nuevo pronunciamiento acerca de la admisibilidad de la acción por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, incoada por el ciudadano JUAN CARLOS PERDIGON contra la firma personal CANTINA RESTAURANT .....