este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 18 de abril de 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara CON LUGAR la demanda por BENEFICIO DE JUBILACION incoada por el ciudadano: ESTERLYN VILLAMIZAR, titular de la cedula de identidad Nro. 4.124.170, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY. ASI SE DECIDE.
TERCERO: De acuerdo a lo estipulado en el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.