Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en Sede Constitucional y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el ciudadano DANIEL EDUARDO PÉREZ MASABE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-29.588.638, asistido por el abogado ANDRÉS ELOY BLANCO TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 170.706, contra la presunta parte agraviante MICHELLY ALEXANDRA VIVAS CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.630.557, debidamente asistida por la abogada YELENA CECILIA MARTÍNEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.403.199 inscrita en el Instituto de Previsión Soci.....