Por todas las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 31 de mayo del 2011, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se ordena la reposición de la causa, al estado de emitir nuevo pronunciamiento acerca de la impugnación propuesta por la representación judicial de la parte demandada ejecutada, según los términos que a tales fines han sido especificados en la parte motivacional de la presente sentencia. ASI SE DECIDE.....