este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO fundamentada en los numerales 1º y 2º del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, intentada por la abogada LILA CRISTINA QUERO DE PÉREZ, Inpreabogado Nº 33.119, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VINCENZO FARRAUTO MORREALE, contra la ciudadana MARÍA FERNANDA ALEJOS, ambas partes plenamente identificadas en la parte narrativa del presente fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se condena a la ciudadana MARÍA FERNANDA ALEJOS a DESALOJAR el inmueble que ocupa como arrendataria, ubicado en la quinta avenida (Av. 5) o Libertador entre las Avenidas Caracas y la calle 11, Edificio Aurora, planta alta, Apart.....